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"SOY AMIGO DE PLATÓN,
PERO SOY MÁS AMIGO DE LA VERDAD"
En su edición del martes 29 de enero de 2008 en la página 7 de "ABC Color", "el abogado José María Sosa Taboada, profesor de filosofía y afiliado al partido Demócrata Cristiano, calificó de ‘ignorante' al Obispo de Alto Paraná y Canindeyú, Monseñor Rogelio Livieres Plano, por haber dicho que la incursión de Fernando Lugo en política es ‘una espina clavada en el cuerpo de la Iglesia Católica'".
El artículo me ha interesado por el tipo de argumentación que presenta el profesor Sosa Taboada.
Dejo constancia de que yo no soy profesor de filosofía y no estoy de ningún modo a la altura para competir con quien tiene títulos, no solo en este campo, sino que es también experto en derecho.
Las mías son solo algunas observaciones sencillas sobre el método de argumentación del profesor y abogado Sosa Taboada.
1. La filosofía es por su definición amor a la sabiduría y un abogado tendría el deber de buscar, en un proceso, todos los elementos para llegar a un justo juicio.
Ahora, la afirmación hecha por el Obispo Mons. Rogelio Livieres Plano de que "la incursión de Fernando Lugo en política es una espina clavada en el cuerpo de la Iglesia Católica", puede ser verdadera o falsa - y desde el punto de vista filosófico y jurídico hay que traer argumentos en un sentido u otro -. Pero, argumentar diciendo que esto "puede causar un tremendo daño a la candidatura de Monseñor (sic) Fernando Lugo", es un argumento que no tiene sentido filosófico ni tampoco jurídico.
Un profesor de filosofía tendría que atenerse a la máxima de Aristóteles: "Soy amigo de Platón, pero soy más amigo de la verdad".
Un filósofo y un jurista honesto está llamado a buscar la verdad, no el interés personal o comunitario de cualquier sujeto. Esta, verdaderamente, es una barbaridad y si se somete la verdad a un interés particular no se comprende ya dónde está el tan soñado y decantado cambio.
Lo mínimo que tendría que conocer un afiliado a un partido que se inspira en principios demócrata-cristianos, es que "es la verdad la que nos hace libres" y no la maquiavélica razón de Estado.
2. El abogado Sosa Taboada cita el párrafo 2 del can. 287 del Código de Derecho Canónico.
Afirma textualmente el párrafo en cuestión que los clérigos "no han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común".
Ahora, sin entrar en la cuestión de si existen realmente en este momento histórico del país las condiciones exigidas por el art. 287 § 2, la citación del canon implica que el juicio no pertenece a cada clérigo, sino el juicio de la intervención o no en el campo político está sometido a la autoridad eclesiástica competente.
Esto lo dice el mismo abogado Sosa Taboada que reconoce que "el canon pide que el religioso tenga la aprobación de su superior, en este caso del Papa".
La cuestión jurídica, desde un punto de vista del derecho canónico, y no del derecho constitucional del Paraguay (hay que distinguir muy bien las dos cuestiones), está por lo tanto resuelta. Los cánones 333-334 del Código de Derecho Canónico (repetita iuvant: Código de Derecho Canónico) hablan muy claro.
Y me parece que la autoridad eclesiástica competente ya se ha pronunciado.
3. A falta de argumentos jurídicos, el prof. Sosa Taboada pasa al discurso de la conciencia para afirmar que: "‘En caso de colisión entre la ley y la conciencia, hay que seguir la ley de la conciencia. Este es el caso de Monseñor Lugo', enfatizó".
En este punto, nada nuevo bajo el sol. Sin rehacer toda la historia del primado de la conciencia, sería suficiente leer la bella citación del Card. Newman en el n.º 1778 del Catecismo de la Iglesia Católica: "La conciencia moral es un juicio de la razón por el que la persona humana reconoce la cualidad moral de un acto concreto que piensa hacer, está haciendo o ha hecho. En todo lo que dice y hace, el hombre está obligado a seguir fielmente lo que sabe que es justo y recto. Mediante el dictamen de su conciencia el hombre percibe y reconoce las prescripciones de la ley divina: La conciencia es una ley de nuestro espíritu, pero que va más allá de él, nos da órdenes, significa responsabilidad y deber, temor y esperanza... La conciencia es la mensajera del que, tanto en el mundo de la naturaleza como en el de la gracia, a través de un velo nos habla, nos instruye y nos gobierna. La conciencia es el primero de todos los vicarios de Cristo".
Enseña la Iglesia que debemos seguir nuestra conciencia también cuando formula juicios erróneos.
Esto está claramente afirmado en el Catecismo de la Iglesia Católica en los números 1790-1792, como también se afirma el deber de formar rectamente nuestra conciencia.
Que Mons. Lugo actúe según conciencia es un juicio que no me pertenece. La cuestión que él plantea es otra.
Lo que me molesta es que este abogado y profesor de filosofía se arrogue el derecho de calificar de "ignorante o persona de mala fe" a un Obispo que sigue fiel al sacramento recibido, a la palabra pronunciada y al anillo de la fidelidad que tantas y tantas humildes personas se arrodillan para besar, reconociendo en él "de manera eminente y visible quien hace las veces del mismo Cristo Maestro, Pastor y Sacerdote, y actúa en su nombre" (cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 1558).
Y esto, sería bien no olvidarlo, lo hicieron también con Mons. Lugo.
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Repito una vez más lo que siempre he afirmado: la cuestión de la impugnación o elegibilidad o ineligibilidad de Mons. Lugo no es cuestión que pertenece a la Iglesia, sino al Estado.
Distinguir derecho canónico y derecho constitucional es de máxima importancia.
A la Iglesia le pertenece ser fiel, hasta la muerte, enseñando con su vida la diferencia entre el hombre fiel y la caña al viento.
¡Que cada uno siga su conciencia!
Pero, por favor, no juzguemos llamando "de mala fe e ignorante" a quien queda fiel al sacramento recibido.
Respetar a todos no quiere decir que quien, como ayer en mi parroquia, se presenta después de cincuenta o sesenta años para renovar la promesa antigua de amor y fidelidad con la misma persona amada de cuando eran dos muchachos, deba tener vergüenza frente a quien ha descubierto una segunda mujer.
Yo no sé como, sin esta claridad, podamos mañana seguir hablando de fidelidad a la palabra dada. O, como cañas al viento, cambiamos de posición cada vez que cambia el viento.
¡Y si esto se llama cambio!...
E. G.
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